Skip links

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL O DESARROLLO EXPERIMENTAL REALIZADOS POR PYMES STARTUPS

DECRETO 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.

Financiación de proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental que se ejecuten por pequeñas y medianas empresas (en adelante pymes), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como aprobar la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por pymes de base tecnológica y startup

https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2023/1160o/23040100.pdf

https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2023/1160o/23040123.pdf

BENEFICIARIOS

PYMES Startups.

  • Tendrá la consideración de startup: toda pyme emergente; que no tenga más de 48 meses de actividad computados desde la fecha de constitución según el apartado 17) del Anexo I hasta la fecha de solicitud de estas ayudas; cuyo modelo de negocio se apoye en la tecnología y el conocimiento, asociados a la innovación y al desarrollo de tecnologías; que buscan arrancar, emprender o crear un nuevo negocio de acelerado crecimiento en base al desarrollo de una idea que sirva para generar un producto nuevo o mejorar de forma ostensible uno ya existente en el mercado, bajo condiciones de alto riesgo tecnológico.
  • Tendrán también la condición de beneficiarias, excepto las startup de estudiantes que estarán excluidas de estas ayudas, las pymes que hayan sido calificadas como empresas innovadoras emergentes en la categoría de startup, Las pymes a las que se refiere este apartado estarán exentas de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos anteriormente.
CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS

Los proyectos deben cumplir estos requisitos:

  • Estar referidos a los ámbitos específicos de intervención en I+D+i de la RIS3 2127 que se establezcan en cada convocatoria.
  • Ser técnica y económicamente viables.
  • Deberán ejecutarse en centros de trabajo que tengan ubicados en Extremadura las pymes beneficiarias. No obstante, y de manera excepcional, alguna actividad podrá realizarse fuera de la Comunidad Autónoma siempre que haya sido justificada su necesidad en la memoria del proyecto y cuando se atienda a servicios prestados por terceros en régimen de consultoría o pruebas que deban realizarse en centros situados fuera de la Comunidad Autónoma.
  • Al menos un 20% de la inversión subvencionable deberá financiarse con cargo a recursos propios de la empresa beneficiaria.
  • Por su contenido y grado de innovación deberán poder encuadrarse, de forma preferente, en la categoría de investigación industrial o en la categoría de desarrollo experimental.
  • Deberán tener un nivel de madurez tecnológica (TRL) entre 2 y 7. Serán considerados íntegramente como proyectos de investigación industrial aquellos que se desarrollen predominantemente con un TRL entre 2 y 4 y como proyectos de desarrollo experimental cuando sean encuadrables predominantemente en un TRL entre 5 y 7.
  • Las entidades participantes deberán justificar a través de la memoria y documentar mediante la titulación universitaria y en su caso el currículum, los recursos humanos que conforman el personal investigador y su adecuación para el desarrollo del proyecto.
  • La cuantía mínima de la inversión proyectada y la inversión subvencionable máxima para cada proyecto, será la que se establezca en cada modalidad de ayuda. Todo proyecto que no alcance el límite mínimo de inversión proyectada será excluido del proceso de selección.

Otros requisitos:

  • La pyme beneficiada deberá implicar en el proyecto, al menos, a un investigador. No obstante, cuando no dispongan en plantilla, ni pretenda contratar a personal investigador, será necesaria la subcontratación de una universidad y/o centro de investigación, para la realización del proyecto.
  • Podrá acordarse la subcontratación de parte del proyecto, hasta el máximo del 65% de la inversión subvencionable, con una o varias empresas y /o centros de I+D.
  • El importe mínimo de la inversión proyectada será de 15.000 euros, IVA excluido. El importe máximo de inversión subvencionable será de 85.000 euros (IVA excluido).
  • El proyecto tendrá un período de ejecución máxima de 24 meses, a realizar en los 26 meses contados a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda. No obstante, podrán admitirse gastos desde el día posterior a la presentación de solicitud de la ayuda, para el supuesto de proyectos iniciados con anterioridad a la resolución de concesión. En este último supuesto, los proyectos se ejecutarán en el plazo máximo de 24 meses desde su inicio.

Cuando se trate de pymes startups calificadas como empresas innovadoras emergentes deberán aportar copia certificada del documento administrativo por el que hayan sido calificadas como empresas emergentes.

COSTES SUBVENCIONABLES, CUANTÍA DE LA AYUDA Y FORMA DE PAGO

Tendrán la consideración de costes subvencionables aquellos que resulten estrictamente necesarios para el desarrollo del proyecto para el que fueron concedidos y se ejecuten durante el plazo que se establezca en la resolución de concesión de las ayudas. Estarán incluidos, entre otros costes necesarios, los siguientes: contratación de personal, adquisición de equipamiento científico-tecnológico, material fungible, investigación contractual, servicios de técnicas analíticas, costes derivados del uso de patentes y modelos de utilidad de fuentes externas, costes de consultoría de I+D, costes indirectos (7%), costes de auditoría para la calificación de empresa como EBT, para la emisión de certificado de viabilidad económica-financiera y por cumplimiento de los requisitos de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, así como para la justificación del proyecto y los costes de gestión de proyectos.

Subvención. Porcentajes de ayudas:

Cuando los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta, las intensidades de ayudas serán:

El abono de la subvención se realizará en dos pagos.

  • Anticipo. Una vez notificada la resolución de concesión y con posterioridad a que se haya presentado el documento sobre aceptación de la subvención, informe de auditor acreditativo de solvencia económico-financiera y del cumplimiento de los plazos en el pago a proveedores, y en su caso, el requisito adicional para ser empresa de base tecnológica, su cuantía será del 70% del importe de la subvención concedida.
  • Liquidación. Su importe será del 30% restante de la subvención concedida, o en su caso, la que finalmente corresponda de acuerdo con el porcentaje final de cumplimiento. Se abonará, previa justificación de la finalización del proyecto, del cumplimiento de obligaciones asumidas con la subvención y de los gastos facturados y pagados con su ejecución

*No exige garantías para los anticipos

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y OTROS ASPECTOS A TENER EN CUENTA

Desde el 20 de junio al 19 de julio.

Presentación de solicitudes

Deberá cumplimentar todos los anexos e incorporar los documentos que deben acompañar a la solicitud a través de la Web: https://ayudaspri.juntaex.es/portal/, previo registro del solicitante como Empresa en la plataforma.

MÁS INFORMACIÓN

FUNDECYT-PCTEX presta asesoramiento para la participación en esta convocatoria. Si estás interesado en participar, podemos ayudarte. No dudes en contactarnos.

Datos de contacto: info@oficinaparalainnovacion.es

Tlf.: 924014600.

Esta actividad forma parte del proyecto Oficina para la Innovación de Extremadura, financiado por la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Junta de Extremadura y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la UE (“Una Forma de Hacer Europa”) al 80%, y gestionada por FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura.

Descarga el PDF aquí: https://www.oficinaparalainnovacion.es/pdfs/convocatoria.php?cid=153